Subvención directa para atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados
Esta subvención tiene por objeto ayudar a los españoles retornados por los gastos extraordinarios derivados del retorno, cuando se acredite insuficiencia de recursos en el momento de solicitar la ayuda.
LEGISLACIÓN
Real Decreto 1493/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Formulario de solicitud, declaración responsable y designación de cuenta cumplimentados y firmados, junto con la documentación indicada en el reverso de la solicitud.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Dentro de los nueve meses inmediatamente posteriores a la fecha de retorno.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
- Telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio.
Pinchando en ALTA SOLICITUD. - Personalmente en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno C/Vargas 53 décima planta.
Imprescindible CITA PREVIA que debe solicitar a: area_trabajo.cantabria@correo.gob.es - Oficinas de Asistencia en Materia de Registros: Atención al Ciudadano y Registro
- Registros Oficiales de la AGE, de la Comunidad Autónoma, Ayuntamientos adheridos o cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Consulte con el registro que elija si es necesaria la obtención de cita. En tipo de Oficina seleccione "Información y registro general" e indique su código postal.