La Delegación del Gobierno fija en el 90% los servicios mínimos para la huelga convocada por los empleados de la empresa privada de seguridad Eulen en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat

02/08/2017

Con motivo de la huelga convocada a partir del día 4 de agosto por los empleados de la empresa privada de seguridad Eulen Seguridad S.A.U. y con el objetivo de garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales que dicha empresa presta en los filtros de control de acceso en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat, la Delegación del Gobierno en Cataluña ha fijado servicios mínimos de carácter obligatorio del 90%.

Preservando el derecho a la huelga que ampara a los convocantes, estos servicios mínimos serán obligatorios todos los días de huelga y en todas las franjas horarias ya que, según entiende la Delegación del Gobierno, por debajo de ese porcentaje podrían verse afectados gravemente otros derechos fundamentales, especialmente el de la libertad de circulación.

Según la resolución, firmada por el delegado accidental del Gobierno en Cataluña, Juan Manuel Sánchez-Bustamante, y comunicada a las partes, dicho porcentaje se debe aplicar a la totalidad de los trabajadores que presten este servicio, desglosándose por cada turno (mañana, tarde y noche), terminal (T1 y T2) y puesto (filtros y personal de trazas), de los días y franjas horarias afectados por la convocatoria de huelga.

Entiende la Delegación del Gobierno que una paralización de los servicios prestados por el personal de seguridad, más allá de unos mínimos razonables que amparen el derecho constitucional a la huelga, produciría unos efectos desproporcionados, muy especialmente en materia de seguridad, en el conjunto de la operativa del Aeropuerto, así como perjuicios a los pasajeros.

Asimismo, los servicios de seguridad prestados por los trabajadores de seguridad privada de Eulen Seguridad S.A.U en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat afectan a un sector estratégico como el transporte aéreo, en el que la actividad laboral realizada por un número relativamente reducido de trabajadores conlleva un efecto multiplicador de tal magnitud que técnicamente obliga, en caso de huelga, a la determinación de unos servicios mínimos superiores en porcentaje a los que correspondería fijar si se tratara de otra clase de actividad.

Se expone también en la resolución que esta huelga afecta a una de las infraestructuras críticas, la de transporte público, sometida a especiales medidas de seguridad, prevención y control por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,  que cuentan con el auxilio y colaboración de los vigilantes de seguridad. Teniendo en cuenta que la huelga se va a desarrollar en el período estival durante el cual el número de usuarios de las instalaciones se incrementa en forma considerable, la falta o disminución importante de estas labores de seguridad y vigilancia podría generar graves disfunciones de seguridad para las infraestructuras aeroportuarias y el gran número de usuarios.