Comunicado del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

27/03/2017

En relación con las informaciones aparecidas respecto al proyecto de plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (2016-2021), el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente quiere realizar las siguientes aclaraciones:

* El proyecto de Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, elaborado por la Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus competencias, no incluye trasvase alguno. De hecho, la previsión de un trasvase no puede aparecer reflejada en ningún plan hidrológico de cuenca, en la medida en que la previsión de un trasvase requiere ley específica o modificación de la ley del Plan Hidrológico nacional.

* Lo que sí reconoce el proyectado Plan –habida cuenta de que una de las finalidades de este instrumento es estudiar los recursos y las necesidades– es la existencia un déficit en el sistema Ter-Llobregat, estimado en 2 m3/segundo. Un déficit que ya se ponía de manifiesto en el anterior Plan de la cuenca, incluso de forma más significativa, ya que lo fijaba en 5,7 m3/s.

* Para solucionarlo, el nuevo Plan propone medidas de ahorro, recursos no convencionales y, en última instancia, se remite al Plan Hidrológico Nacional, tal y como establece el artículo 21 del Reglamento de la Planificación Hidrológica aprobado por el Real Decreto 907/2007.

* Por tanto, la redacción del proyecto de Plan se atiene a la legislación vigente y constata, en cuanto al déficit en el sistema Ter-Llobregat, un hecho que ya se había puesto en evidencia en la planificación anterior.

* Dicho déficit del sistema Ter-Llobregat no tiene ninguna conexión con el proyecto redactado en 2008 por la Sociedad Estatal Acuaebro (actualmente, Acuaes); proyecto, que, por otra parte, tampoco figura en la propuesta de Plan de cuenca.

Dicho proyecto de abastecimiento se plantea como complemento a la infraestructura del canal Segarra-Garrigues, para el abastecimiento en alta desde el pantano de Rialb a 43 municipios de la zona, 39 en la cuenca del Ebro y otros 4 (con una población total de unos 3.100 habitantes) ubicados en el ámbito geográfico de las cuencas internas catalanas. Todo ello, con la finalidad de mejorar su abastecimiento mediante una solución mancomunada.

Para este proyecto, que no está ejecutado, se tramitó, en el año 2010, una autorización temporal, que fue informada positivamente por la Comunidad Autónoma de Aragón y firmada por la entonces ministra de Medio Ambiente, Medio Rural y Medio Marino, en el ámbito de sus competencias, al tratarse de una transferencia inferior a 1 Hm3/año (en concreto 0,62 Hm3/año).

* En el caso de que se planteara otro proyecto de abastecimiento a estos municipios, distinto al redactado por la sociedad estatal Acuaes, algo de lo que no tiene constancia el Ministerio, la autorización temporal de 2010 carecería de validez. Un nuevo proyecto requeriría la tramitación de la correspondiente autorización concesional, para lo que sería preceptivo un nuevo informe del Gobierno de Aragón, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72.3 de su Estatuto de Autonomía.

* Todo lo dicho redunda en la garantía del principio de unidad de cuenca, que supone la gestión única e integrada de todos los recursos hídricos de una cuenca fluvial, lo que, de acuerdo a la Constitución, corresponde al Estado.

* Por todo ello, conviene subrayar que ni ahora ni en el futuro se podrá autorizar ningún trasvase entre cuencas que requiera aprobación de las Cortes Generales por un trámite distinto del legalmente previsto.