A partir del 4 de marzo de 2013 el pago de multas de Tráfico en las Jefaturas Provinciales se realizará exclusivamente a través de tarjeta de crédito o débito
21/02/2013
Pago de las multas de tráfico con tarjeta
- Desde hace varios años es posible acudir a las dependencias de las Jefaturas Provinciales de Tráfico para abonar las multas de tráfico a través de tarjeta de crédito o débito, sistema que ha convivido, hasta ahora, con el pago en metálico, que se suprime a partir del 4 de marzo
- También se puede pagar a través de Internet (www.dgt.es), por teléfono al 060 o a través de oficinas de Correos y sucursales del Banco Santander
Dentro de los numerosos proyectos que se van llevando a cabo desde la Dirección General de Tráfico, dirigidos a la modernización de este Organismo, está el relativo a la eliminación del pago en efectivo en las dependencias de dichas Jefaturas.
Este proyecto se materializa en un momento en el que se han puesto ya a disposición del ciudadano múltiples medios de pago y se ha comprobado su efectividad.
Así, en relación con el pago con tarjeta de crédito o débito, el mismo se viene realizando, tanto en las Jefaturas Provinciales de Tráfico (desde marzo del año 2010), como a través del número de teléfono 060 (desde noviembre del año 2010) bastando, en este último caso, con facilitar por teléfono el número de tarjeta y el número del expediente sancionador.
MEDIOS DE PAGO DE SANCIONES DE TRÁFICO A PARTIR DEL 4 DE MARZO DE 2013
Como consecuencia de lo anterior a partir del 4 de marzo se podrán abonar las multas de tráfico que se encuentran en periodo voluntario de pago a través de los siguientes medios:
- A través de Internet, en la página web www.dgt.es
- En las sucursales del Banco Santander.
- En las oficinas de Correos.
- En las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, a través de tarjeta de crédito o débito exclusivamente.
- Por teléfono a través del número 060.
Al efectuarse el pago se debe indicar o facilitar siempre el número de expediente que figura en la denuncia que le haya entregado el Agente o en la notificación que haya recibido.
Información más detallada disponible en la página web de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es