Luesma requiere al Ayuntamiento de Arrigorriaga para que anule el acuerdo por el que se denominaba con el nombre de “Argala” a una plaza del municipio.

21/04/2008

 21 de abril de 2008.        El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco, Paulino Luesma, ha requerido al Ayuntamiento del Arrigorriaga para que anule en el plazo máximo de un mes el acuerdo por el que se acordaba dar el nombre de un miembro de ETA a una plaza de esa localidad, modifique el nombre de la plaza “Argalaren Enparantza” y en su caso retire las placas colocadas en su memoria, significándole que, de no ser así, se impugnará el citado acuerdo ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
 
El 16 de abril, el alcalde de Arrigorriaga remitió a la Delegación del Gobierno la certificación de que el 30 de noviembre de 1979 el Pleno del Ayuntamiento llevó a cabo un cambio en la denominación de diferentes calles del Municipio y, entre ellas, acordó dar el nombre de “Argalaren Enparantza” a una plaza del pueblo. José Manuel Beñaran Ordeñana, “Argala” fue un miembro destacado de la banda terrorista ETA.
 
Además de Arrigorriaga, como se recordará, el pasado 2 de abril, Paulino Luesma hizo pública su decisión de requerir a los alcaldes de Leioa, San Sebastián, Astigarraga, Elgeta, Zizurkil, Etxebarri, Amorebieta y Durango para que fueran remitidas en el plazo de un mes a la Delegación del Gobierno la copia o el extracto del acuerdo municipal correspondiente por el que, en su día, se acordó atribuir a determinadas vías públicas de sus municipios el nombre de miembros o personas relacionadas con la banda terrorista ETA. Transcurrido este plazo de tiempo, y estudiado cada caso, se ejercerán las actuaciones impugnatorias o de otro tipo que procedan llevarse a cabo.
 
Considera el Delegado del Gobierno que la existencia de una plaza pública con el nombre de miembros de ETA supone una vulneración del derecho fundamental al honor y un atentado contra la dignidad, no solo de las víctimas del terrorismo, sino de toda la sociedad que, desde hace muchos años, viene sufriendo las consecuencias de la actividad de la banda terrorista y ello, en atención a la interpretación que del derecho fundamental al honor y la dignidad de la persona ha realizado el Tribunal Constitucional.
 
El acuerdo de ese Ayuntamiento es nulo de pleno derecho en la medida en que vulnera el derecho fundamental al honor de las víctimas de los delitos cometidos por José Manuel Beñaran Ordeñana, “Argala” en la interpretación que el Tribunal Constitucional ha realizado de este derecho fundamental y de su relación con la dignidad de la persona reconocida en el artículo 10.1 de nuestra Constitución, vulnerando uno de los pilares y fundamentos del orden político y de la paz social que han de respetar tanto los ciudadanos como los poderes públicos, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 9 y 10 de la Constitución.
 
Asimismo y de conformidad con la doctrina constante emanada del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por la que se establece que es contrario a Derecho que una institución pública adopte Acuerdos de enaltecimiento de personas por su relación con una actividad contraria al ordenamiento jurídico, se concluye que el Acto del Ayuntamiento de Arrigorriaga examinado es radicalmente nulo por homenajear a una persona por su vinculación a actividades terroristas.