La Delegación del Gobierno autoriza 1.312 puntos de venta de pirotecnia en Cataluña

17/06/2016

Un total de 1.312 establecimientos, entre casetas y locales, venderán artículos pirotécnicos en Cataluña durante la campaña “Verbenas de Sant Joan 2016”. La mayoría ( 906) se concentran en Barcelona y su provincia, que ha registrado un importante aumento de solicitudes de puntos de venta respecto del año pasado (854). Cataluña se prepara para las verbenas con 44 puntos de venta más que en 2015 (1.268), lo que representa un incremento de un 3,4%.

Categorías y edades mínimas para la adquisición de los artículos pirotécnicos

Los artículos pirotécnicos a usar en estas verbenas se clasifican en las siguientes categorías:

Categoría F1: Son artículos de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser utilizados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales.
La categoría 1 no puede incluir petardos ni truenos, ni baterías de los mismos.
La edad mínima de adquisición será de 12 años.

Categoría F2: Son artificios de baja peligrosidad y bajo nivel sonoro destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. En el etiquetado constará siempre "para uso exclusivo al aire libre" y, cuando proceda, la distancia mínima de seguridad, que será de 8 metros.
La edad mínima para la compra será de 16 años.

Categoría F3: Son artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie. La distancia de seguridad, en los casos que proceda, pasa de 8 a 15 metros. Para esta categoría, la edad mínima para la compra será de 18 años.

Categoría F4: Los artículos de categoría superior se consideran de alta peligrosidad destinados a ser utilizados por expertos y profesionales.

La Directiva Europea obliga a los Estados miembros a clasificar los artículos de pirotecnia. Como garantía de seguridad, en el etiquetado de todos los envases deberá figurar la marca CE. El etiquetado de los artículos pirotécnicos puestos en el mercado debe indicar, como mínimo, los siguientes datos: el nombre y la dirección del fabricante, el del importador, el nombre y tipo de artículo pirotécnico, las edades mínimas de uso, la categoría correspondiente, las instrucciones de uso, la distancia de seguridad requerida, la cantidad de material explosivo activo y la fecha de caducidad.

Autorizaciones e inspección de los locales de venta

El procedimiento para la autorización de puntos de venta exige la emisión de informe por parte del Área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña y de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil. Además, es necesario comunicar a los ayuntamientos el lugar exacto donde se instalará la caseta por si éste, de acuerdo con sus ordenanzas cívicas y su normativa propia de utilización de suelo público, tuviera alguna objeción al respecto.

Al igual que en años anteriores, desde la Intervención de Armas de las Guardia Civil se está velando por el estricto cumplimiento de la legislación vigente mediante la inspección de los locales de venta.

Según fija el nuevo Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, aprobado por el Real decreto 989/2015, de 30 de octubre, todos los responsables de venta de los locales o casetas deben haber recibido formación en materia de seguridad. A través del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cataluña se han acreditado varias entidades para impartir esta formación.

Espectáculos de fuegos artificiales

Los espectáculos pirotécnicos se clasifican en tres grupos. Si se disparan más de 100 kg se precisa autorización del Subdelegado de cada provincia previo informe de la Intervención de Armas de la Guardia Civil y del Área de Industria de la Delegación del Gobierno en Cataluña. Si la cantidad está entre los 10 y 100 kg es preciso notificar previamente la realización a la Subdelegación del Gobierno correspondiente. Finalmente, si se utilizan menos de 10 kg no es preciso realizar ningún trámite.

Asimismo, se exige el carnet de disparador, entregado tras haber recibido la correspondiente formación.
Trabucaires

Durante el período 2015-2016, en el cómputo global de Cataluña se ha registrado un ligero incremento de solicitudes por lo que se refiere a la actuación de agrupaciones de trabucaires, pasando de las 367 de la anterior campaña a las 375 de la actual.

Si en la campaña 2014-2015 se autorizaron 238 actos de estas características en la provincia de Barcelona, este año la cifra ha bajado levemente hasta las 211 actuaciones. En las provincias de Girona y Lleida el número de solicitudes también ha descendido muy ligeramente.

Estas cifras contrastan con el notable incremento que se ha producido en la provincia de Tarragona, que ha pasado de 65 solicitudes el año pasado a 109.

Las solicitudes recibidas en la Delegación del Gobierno son remitidas a la Guardia Civil, donde se comprueba que los miembros de la agrupación tienen en regla la autorización especial de armas de avancarga. Requisito sine qua non es que el acto esté reconocido como fiesta tradicional catalana.

Correfocs y Diables

Uno de los requisitos que se exige para autorizar la utilización de material pirotécnico es que la manifestación festiva sea de carácter religioso, cultural o tradicional reconocido como tal por la Generalitat de Catalunya. La Delegación del Gobierno en Cataluña, comunidad que tiene el fuego como elemento vertebrador de numerosas manifestaciones festivas, organiza cursos a lo largo del año para formar a “Responsables de Grupo de Consumidores reconocidos como Expertos” (conocidos como “caps de colla”), quienes reciben un certificado que les permite formar al resto de los miembros del grupo.

Nota de prensa con cuadros por provincias